Como el objetivo de la experiencia recepcional es el elaborar un
producto en polvo a partir de extracto de flor de bugambilia, a nivel
alimenticio, debemos tener encuenta las normas establecidas para este tipo de
productos; con el objetivo de cumplir con las especificaciones sanitarias
establecidas.
Se mencionaran algunas de las normas que toman en cuenta este tipo de
productos.
Proyecto de la Norma Oficial Mexicana
PROY-NOM-218-SSA1-2009, Productos y servicios. Bebidas saborizadas no
alcohólicas, sus congelados, productos concentrados parar preparlas y bebidas
adicionadas con cafeína. Especificaciones y disposiciones sanitarias.
En el presente proyecto de norma, establece una pequeña introducción en
la cual nos indica porque es importante establecer especificaciones en el
procesamiento de las bebidas saborizadas no alcohólicas, sus congelados,
productos concentrados parar prepararlas y bebidas adicionadas con
cafeína.
En esa pequeña introducción nos menciona que en nuestro país estos tipos
de productos son muy consumidos por la población; siendo el refresco uno de los
productos con mayor demanda (2do lugar a nivel mundial), por estas razones, el
establecer un control sanitario adecuado es primordial para que minimice los efectos
de agentes indeseables en estos productos o también estableciendo limites
indicando la información que debe cumplir el etiquetado de estos productos para
que el consumidor tenga la liberta de tomar una decisión responsable.
El uno de los objetivos del proyecto de norma establece:
Esta norma establece las disposiciones y especificaciones sanitarias que
deben cumplir las bebidas saborizadas no alcohólicas (incluye las aguas
frescas, y para deportistas), sus congelados, los productos concentrados para
prepararlas y las bebidas adicionadas con cafeína.
En el presente documento nos hace referencia de distintos tipos de
productos, pero como nuestro objetivo de la experiencia recepcional es la
elaboración de un polvo alimenticio para una bebida, solo nos enfocaremos a
este tipo de productos. Las especificaciones establecidad en el proyecto de la
normal oficial se mencionaran a continuación:
Disposiciones sanitarias
Las empresas productoras de concentrados de manufactura para el control
documental del proceso deben aplicar lo señalado en la siguiente tabla:
Tabla 5. Contenido mínimo de las bitácoras o
registros de las diferentes etapas del proceso y de las buenas prácticas de
fabricación
Tipo de registro
|
Datos
|
Análisis del agua de proceso, cuando
aplique
|
Resultados
Fecha de análisis
Laboratorio responsable
|
Análisis de materia prima
|
Certificado de calidad
|
Análisis del producto terminado
|
Certificado de calidad
|
Almacenamiento del producto terminado
|
Temperaturas de conservación del
producto, cuando aplique.
Identificación de la cámara o
refrigerador
Fecha
Responsable
Sistema PEPS
|
Almacenamiento de Materias primas
|
Temperaturas de conservación, cuando
aplique.
Fecha
Responsable
Sistema PEPS
|
Control de tratamiento térmico,
cuando aplique
|
Registro de temperaturas
Fecha
Responsable
|
Las características y especificaciones sanitarias de los concentrados de
manufactura, utilizados como materia prima para la elaboración de bebidas
saborizadas no alcohólicas deben garantizar la inocuidad de estas últimas, a
fin de cumplir con las especificaciones sanitarias establecidas en esta norma y
demás disposiciones aplicables.
Los concentrados de manufactura
utilizados como materia prima, deben contar con un certificado de calidad que
incluya, entre otros, los siguientes datos: nombre o clave o código del
producto, identificación del responsable de proceso, número de lote, leyendas
de conservación y la declaración de ingredientes misma información que debe ser
declarada en la etiqueta, a excepción de los ingredientes. Cuando se requiera
utilizar una clave o código para referirse al nombre del producto o a los
ingredientes, la persona física o moral, licenciatario o causahabiente,
propietaria de la marca debe contar con la documentación que respalde la
identificación de los mismos, la cual debe estar a disposición de la Secretaría
cuando ésta lo requiera.
Especificaciones Físicas y
Químicas
Los polvos para preparar bebidas saborizadas no alcohólicas no deben
exceder de 5% de humedad.El límite máximo de dióxido de azufre (SO2) en
concentrados y jarabes de uva es de 10 mg/kg.
Especificaciones
Microbiológicas
Los jarabes o concentrados para
preparar bebidas saborizadas no alcohólicas no deben pasar de los siguientes
límites:
Tabla 6. Especificaciones microbiológicas en
jarabes y concentrados para preparar bebidas saborizadas no alcohólicas.
Microorganismo
|
Con tratamiento
térmico |
Sin tratamiento térmico.
|
|
Sin derivados
vegetales |
Con derivados
vegetales |
||
Coliformes totales UFC/ g o mL
|
<10
|
10
|
n.a.
|
Coliformes fecales NMP/ g o mL
|
n.a.
|
n.a.
|
<3
|
Salmonella sp. / 25 g o mL
|
ausente*
|
ausente*
|
ausente
|
E. coli NMP/mL o g
|
n.a.
|
n.a.
|
<3**
|
Enterotoxina estafilocóccica
|
negativa *
|
negativa *
|
negativa *
|
* En caso de contingencia
sanitaria.
** Confirmar la presencia de E.
coli por el método de NMP cuando el parámetro de coliformes fecales esté
fuera de especificaciones.
Los polvos para preparar bebidas
saborizadas no alcohólicas no deben pasar de los siguientes límites:
Tabla 7. Especificaciones microbiológicas en polvos
para preparar bebidas saborizadas no alcohólicas.
Microorganismos
|
Límite máximo
|
Mesofílicos aerobios UFC/g
|
5000*
|
Coliformes totales NMP/g
|
< 10
|
Escherichia coli NMP/g
|
< 3 **
|
Salmonella sp. en 25 g
|
ausente**
|
*Para aquellos que contengan cacao o leche el límite máximo es de 7000
UFC/g
**En aquellos productos que contengan cacao, huevo o leche (incluyendo
sus derivados)
Para leer las demas especificaciones presentes en el proyecto de la norma oficial checar el siguiente link: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5172093&fecha=22/12/2010
Otra norma que establece disposiciones para estos productos es la NORMA GENERAL DEL CODEX PARA LOS ADITIVOS ALIMENTARIOS CODEX STAN 192-1995 en uno de los apartados menciona bebidas no alcohplicas que comprende a aguas y aguas gaseosas, zumos de frutas y hortalizas, néctares de frutas y hortalizas, bebidas a base de agua aromatizadas con gas y sin gas y bebidas en infusión a base de agua como el café y el té
Concentrados (líquidos o sólidos) para bebidas a base de agua aromatizadas:
Comprende concentrados en polvo, jarabe, líquidos y congelados para preparar refrescos a base de agua, con gas o sin gas, mediante la adición de agua o agua con gas. Ejemplos: jarabes para refrescos con soda (p. ej., el jarabe de cola), jarabes de fruta para refrescos, concentrado helado o en polvo para limonada y mezclas para té frío.